
El nuevo Bando fija los horarios, los casos que requieren autorización y las normas para las celebraciones en establecimientos y espacios públicos, además de recuperar el Concurso de Zambombas.
Las Zambombas de Jerez ya tienen marco regulador para la Navidad de 2026. El periodo oficial de celebración se extenderá desde el 20 de noviembre hasta el 25 de diciembre, ambos inclusive, según establece el Bando municipal que regulará este año una de las tradiciones más representativas de la ciudad.
La normativa busca preservar el carácter popular y tradicional de la Zambomba jerezana y, al mismo tiempo, compatibilizar las celebraciones con la convivencia, la seguridad y el descanso de los vecinos ante la elevada afluencia de personas que registra Jerez durante estas fechas.
La Zambomba jerezana está inscrita como Bien de Interés Cultural (BIC) en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz desde 2015. Además, la Navidad de Jerez está declarada Fiesta de Interés Turístico de Andalucía desde 2021.
Los ensayos de las Zambombas de Jerez 2026
Antes del inicio oficial de las Zambombas, distintas peñas, hermandades, asociaciones y grupos de la ciudad celebran sus tradicionales ensayos, que sirven de antesala a una de las épocas más esperadas de la Navidad jerezana.
¿Qué Zambombas no necesitan autorización?
Podrán celebrarse sin autorización municipal las Zambombas de carácter familiar o privado. Tampoco la necesitarán las organizadas en centros de barrio cuando formen parte del programa de actividades aprobado por Participación Ciudadana, aunque los recintos deberán cumplir las condiciones de seguridad y la normativa acústica.
Igualmente, podrán desarrollarse sin una autorización específica en determinados establecimientos de ocio, salones de celebraciones, salas de fiestas, teatros y auditorios cuando estén amparadas por su correspondiente licencia y se respeten las condiciones establecidas de aforo, horarios y niveles de ruido.
En el caso concreto de los salones de celebraciones, los promotores deberán comunicar previamente la celebración con un mínimo de cinco días hábiles de antelación.
Los establecimientos de hostelería también podrán organizar Zambombas populares sin autorización adicional siempre que mantengan su naturaleza tradicional y participativa. Se podrán cantar villancicos a capela o acompañados por instrumentos tradicionales como panderetas, zambombas, botellas de anís o cántaros, pero sin escenarios, equipos de amplificación de sonido ni separación entre artistas y público.
Las terrazas con licencia podrán igualmente acoger estas celebraciones dentro del espacio autorizado.
¿Cuáles necesitan autorización?
Sí necesitarán autorización las Zambombas que se conviertan en una actuación artística o espectáculo, por ejemplo, cuando haya cantaores, artistas o grupos actuando ante un público espectador, se modifique la distribución habitual del establecimiento o se utilicen instrumentos conectados a sistemas de amplificación.
También deberán solicitar autorización las organizadas en establecimientos utilizados por hermandades, peñas flamencas, asociaciones vecinales, deportivas, culturales, religiosas o similares, salvo cuando se trate de actos privados.
Lo mismo ocurrirá con las celebraciones organizadas en establecimientos utilizados por empresas u otras entidades cuando no tengan carácter privado.
Las Zambombas que se desarrollen directamente en calles, plazas u otros espacios de dominio público necesitarán tanto la autorización correspondiente para la celebración como la autorización para ocupar el espacio público.
Solicitudes con 10 o 15 días de antelación
Las Zambombas en establecimientos que necesiten autorización deberán solicitarla con un mínimo de 10 días hábiles de antelación.
Cuando la celebración tenga lugar en espacios abiertos de vías públicas u otras zonas de dominio público, el plazo aumenta hasta los 15 días hábiles.
En caso de instalar carpas u otras estructuras adicionales, su autorización deberá tramitarse conjuntamente con la de la propia actividad.
Además, las solicitudes que no hayan sido resueltas expresamente antes de la fecha prevista para la celebración se entenderán desestimadas por silencio administrativo.
Horarios de las Zambombas
Una de las cuestiones que concreta el Bando de 2026 son los horarios. Las Zambombas que no necesiten autorización podrán celebrarse, con carácter general, entre las 15:00 y las 00:00 horas.
Quedan exceptuados los establecimientos de ocio y esparcimiento, teatros y auditorios, que podrán desarrollar estas celebraciones dentro de su horario general autorizado de apertura y cierre.
En las Zambombas sujetas a autorización, el horario será el que determine cada permiso. En el caso de las celebraciones en calles y otros espacios públicos abiertos, en ningún caso podrán prolongarse más allá de las 02:00 horas. Las terrazas de veladores tendrán como límite las 00:00 horas.
Sin amplificación de sonido en calles y terrazas
El Bando presta especial atención al ruido durante estas fechas. En las Zambombas desarrolladas directamente en vías públicas y otros espacios de dominio público, así como en las terrazas contempladas por la normativa, queda expresamente prohibido utilizar sistemas de amplificación o equipos de reproducción sonora, incluido el hilo musical, salvo los supuestos excepcionales previstos por la normativa.
Para el resto de celebraciones deberán cumplirse los límites y las medidas de prevención recogidas en la Ordenanza Municipal de Prevención contra la Contaminación Acústica.
Un máximo de dos Zambombas por entidad en espacios públicos
En las calles y espacios de dominio público solo podrán autorizarse Zambombas populares promovidas por asociaciones religiosas, culturales, deportivas, vecinales, comerciales, hosteleras y otras entidades sin ánimo de lucro.
Como norma general, una misma entidad podrá obtener autorización para un máximo de dos Zambombas en espacios públicos. Esta limitación no se aplicará cuando la celebración tenga lugar en un espacio público contiguo a la sede oficial de la entidad organizadora.
En caso de que varias entidades soliciten el mismo espacio y no sea posible compartirlo, se tendrán en cuenta criterios como el tiempo transcurrido desde la última autorización concedida en esa ubicación, la proximidad del lugar solicitado a la sede de la entidad y el orden de presentación de las peticiones.
Especial protección para el Centro Histórico
La normativa establece también condiciones específicas para las celebraciones que tengan lugar en el Centro Histórico de Jerez.

Las instalaciones y elementos utilizados deberán integrarse adecuadamente en el entorno urbano y mantener una estética acorde con la Navidad. Además, se prohíben elementos que generen contaminación visual, incluyendo luminarias como las luces de neón.
Regresa el Concurso de Zambombas
La programación de 2026 volverá a incluir el Concurso de Zambombas, cuyas bases serán desarrolladas por la Delegación de Cultura.
Entre los criterios de valoración estarán el respeto a las formas tradicionales, la autenticidad de las celebraciones, la ambientación navideña y su contribución a extender y consolidar la tradición de la Zambomba por los diferentes barrios de Jerez.
El Bando insiste así en preservar la esencia popular de una celebración que ha evolucionado desde sus orígenes en patios de vecinos y casas de trabajadores de los cortijos hasta convertirse en uno de los grandes acontecimientos sociales, culturales y turísticos de la Navidad jerezana.
